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Te explicamos si es o no legal prohibir tener mascota en un piso de alquiler
Saber si es legal prohibir tener mascota en un piso de alquiler es una de las principales preocupaciones de las personas que comparten su vida con un perro o gato y tienen que buscar casa. Con motivo o sin él, los animales domésticos siempre han hecho que la búsqueda de un piso de alquiler sea mucho más difícil.
Habitualmente, la mayor parte de los contratos de alquiler han prohibido, por sistema, tener animales en casa. No obstante, la nueva Ley de Bienestar Animal, que empezó a tramitarse a principios de 2022, ha creado nuevas dudas y no pocos debates.
¿Alguna vez ha sido legal prohibir tener una mascota en un piso de alquiler? ¿Sigue siéndolo ahora, con la entrada en vigor de la nueva ley?

Lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) sobre tener animales en un piso de alquiler
La Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos no especifica nada sobre los animales. No obstante, sí que dice, en su punto 4.2, que “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados”.
Es decir, que las condiciones del alquiler serán las que pacten arrendador y arrendatario.
Si en el contrato no se especifica nada, introducir perros y gatos en el piso sería legal. Siempre y cuando, de nuevo según la ley, que no se realicen actividades “molestas, insalubres, nocivas o peligrosas”.
En cambio, si en las condiciones pactadas se prohíbe expresamente la introducción de animales en la vivienda, ignorar esa cláusula podría motivar la rescisión del contrato.

¿Qué cambia la nueva Ley de Bienestar Animal?
La nueva Ley de Bienestar Animal considera a los animales de compañía no posesiones de los humanos, sino seres sintientes que dependen de nosotros.
La norma no especifica nada sobre animales en viviendas de alquiler. Sin embargo, sí dice, y esto es lo que han hecho que surjan las dudas, que es obligatorio “mantener al animal integrado en el núcleo familiar”.
Esto significa que las personas que compartan su vida con un animal deben permanecer junto a ellos, como una unidad familiar, vayan a donde vayan.
Al ser parte del núcleo familiar, que es indivisible por ley, técnicamente ninguna cláusula podría impedir la entrada del perro o gato en el piso de alquiler. De esta manera, las cláusulas referentes a los animales pasarían a ser nulas por contravenir derechos fundamentales.
No está claro si los cambios que ha traído la Ley de Bienestar Animal anularían la prohibición de meter animales en los pisos de alquiler. Será necesario esperar a las primeras sentencias.

Por ahora no está claro, en cualquier caso, cómo interpretarían los tribunales esta nueva situación en un posible juicio. La indicación de que los animales pertenecen al núcleo familiar puede ser considerada simbólica o restringida al espacio afectivo, según algunos profesionales.
Lo que sí se establece en la ley es que las personas que tengan un animal doméstico han de velar por su integridad y bienestar (algo para lo que puede ser de ayuda contar con un seguro para mascotas, por cierto), ponerle el microchip identificador y, en general, darle una vida digna a todos los niveles.
Asimismo, el inquilino será siempre responsable de cualquier daño que el animal pueda causar en la propiedad. También, por supuesto de las posibles molestias para los vecinos por ruidos, suciedad o similares.
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